Se promociona la conformación de Centros de Estudiantes
Chaco Día Por Día - Jueves 07 de agosto de 2008.
Ministerio de Educacion de la Provincia. El objetivo es fomentar la participación juvenil organizada, comprometiéndose con la realidad de la propia comunidad educativa.
El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia dio a conocer a toda la comunidad educativa, las normas legales para la conformación y funcionamiento de los Centros de Estudiantes, con el objetivo de difundir sus estructuras, procedimientos, fines y objetivos estipulados en la Ley Nº 5135.
El objetivo ministerial es fomentar la participación estudiantil a través de estos centros, ya que la mayoría de los establecimientos educativos en condiciones de conformarlos aún no lo han hecho.
A través de la difusión del contenido de esta ley, se pretende fomentar la participación juvenil organizada, e impulsar la formación en ciudadanía responsable y comprometida con su realidad.
Por ello, junto con la transmisión de esta normativa, también se insta a los directivos y docentes de los niveles involucrados a que apoyen las iniciativas estudiantiles que tiendan a conformar las organizaciones.
De esta manera, el Ministerio será el órgano competente para garantizar el marco legar de funcionamiento de los Centros de Estudiantes a través de las áreas que corresponda.
Creación de los centros
Los alumnos que conformen los Centros de Estudiantes deberán permanecer a establecimientos escolares de educación general básica -tercer ciclo-, educación polimodal o nivel secundario, en los institutos de nivel superior no universitario y en las escuelas básicas de adultos dependientes del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Chaco.
Será el órgano natural de representación de los alumnos matriculados en cada establecimiento educativo, y se reconocerá un solo centro por establecimiento.
Además, deben estar únicamente integrados por alumnos regulares; sus autoridades durarán dos años en sus funciones, y serán elegidas mediante el sufragio directo, universal y secreto de los alumnos regulares.
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