Inscripciones Para Docentes Sin Título
01/08/2006
HASTA EL VIERNES 11 DE AGOSTO SE INSCRIBIRÁ A DOCENTES SIN TÍTULO DE EGB 1, 2 Y 3, NIVEL MEDIO/POLIMODAL Y EDUCACIÓN TÉCNICA
El Gobierno del Chaco habilitó desde el martes 1 de agosto la inscripción de los docentes sin título y con más de diez años de antigüedad en el sistema educativo de los niveles EGB 1, 2 y 3, Medio/Polimodal y Educación Técnica.
El período se extenderá hasta el viernes 11 de agosto y los interesados deberán inscribirse en los mismos establecimientos donde se desempeñan.
La medida fue dispuesta, a través del Ministerio de Educación, a fin de concretar la formación en servicio del personal que durante mucho tiempo dictó clases en escuelas de toda la provincia.
El cronograma prevé que del 14 al 18 de agosto, la Dirección de la escuela deberá remitir la planilla de inscripción centralizada al supervisor correspondiente.
Desde el 21 y hasta el 24 los supervisores reunirán y procesarán toda la documentación de la Dirección Regional; y, finalmente, desde el 25 y hasta el 31 de agosto las Direcciones Regionales entregarán los listados a la Dirección General de Gestión Educativa.
Por Disposición Nº 271/06, de la Subsecretaría de Educación, se determinó que la inscripción se extenderá hasta el 11 de agosto.
El trámite consiste en que los interesados presenten una solicitud de inscripción en la institución donde trabajan.
En los considerandos de la Disposición Nº 271/06 se citan las leyes provinciales Nº 5.327 y 5.695 que determinan “la Capacitación en Servicio para aquellos docentes que no poseen título docente y cuentan con diez años de antigüedad al 10 de marzo de 2004”.
La disposición también se fundamenta en la necesidad de determinar la mecánica, cronograma y modo de inscripción para la implementación de las leyes; establecer las responsabilidades de las distintas instancias del sistema educativo provincial; y la definición de los instrumentos que deberán ser cumplimentados a los fines de la formación en servicio.
La solicitud consta de una nota en la que el aspirante acepta la capacitación prevista en los alcances de la Ley Provincial Nº 5.327, incluye una declaración jurada donde se asegura contar con diez años de antigüedad en la docencia al 10 de marzo de 2004 (fecha en que se promulgó la ley) y se debe adjuntar una constancia de servicios prestados.
En la planilla de inscripción, el interesado deberá consignar: apellidos y nombres completos, Documento Nacional de Identidad, domicilio y número de teléfono particular, título obtenido, estudios incompletos, acreditar diez años antigüedad mínima al 10 de marzo de 2004 y otras observaciones, al pie de la planilla.
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