Docente Varón Tendrá Licencia
Chaco Día Por Día - Sábado 23 de marzo de 2007.
En caso de muerte de cónyuge. La Legislatura Chaqueña sancionó la ley -autoría de Luis Verdún- que otorga licencia al docente varón en caso de la muerte de su cónyuge en el parto.
Mediante una iniciativa impulsada por el diputado Luis Verdún, fue aprobada en la última sesión parlamentaria, el proyecto de su autoría que otorga la licencia para el docente varón, en caso de fallecimiento del cónyuge por parto.
Se trata de la modificación del Artículo 312º, inciso (c), de la Ley 5125-Texto Ordenado de la Ley Nº 3529. Estatuto del Docente.
Dicha reforma refiere al otorgamiento de la licencia para el docente varón en caso de fallecimiento del cónyuge o conviviente, durante o posteriormente al parto de niño vivo.
El docente varón, en cualquier situación de revista, tendrá derecho al goce de licencia conforme lo determina el Artículo 312, inciso c) - por Gravidez o Maternidad - de la Ley Nº 5125 – Texto Ordenado de la Ley 3529 - siempre que el hecho hubiere ocurrido, como máximo, dentro del período posterior al parto de sesenta (60) días.
La Licencia que se determina por la presente comenzará a otorgarse, inmediatamente, a partir de la culminación del permiso por fallecimiento del cónyuge o conviviente, que le correspondiere al docente varón.
Al respecto, Verdún fundamentó la importancia de la aprobación de la modificación del artículo 312, inciso (c): “El niño nacido vivo necesita cuidados especiales que no son ajenos a la paternidad y en el caso del fallecimiento de la madre, las obligaciones del padre se acrecientan y su relación con el hijo debe ser mucho mas estrecha, permanente y dedicada”.
El diputado también consideró a esta “como una situación muy especial y delicada, donde hay que tener muy claro que el docente varón va a tener que asumir ambos roles, en una etapa sumamente delicada del desarrollo humano, sumado a las difíciles circunstancias de dolor y de duelo por la pérdida de un ser querido”.
Ante esta situación acaecida, lamentablemente en más ocasiones de las que se supone, Verdún considera a esto “un acto de justicia y compasión que no requiere de fundamentos mayores, que los que la propia dignidad reclama, la sola mención de tal caso hace que todos comprendamos y aceptemos la pertinencia de la norma”.
De esta forma, el proyecto concretado por Verdún resuelve una situación que se presenta en más ocasiones de las que muchas personas creen, y para la cual se debe tener claramente establecida una consideración especial de humana decencia.
Por otra parte la Ley Nº 3521 ya otorga el beneficio de esta licencia al empleado de la administración pública provincial.
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