Escuelas Privadas Deberán Informar Sobre Matrículas Y Cuotas
La Dirección de Comercio Interior, dependiente de la Subsecretarías de las PYMES, Industria y Comercio dependiente del Ministerio de la Producción, comunica a los responsables de Establecimientos Educativos Privados, incorporados a la Enseñanza Oficial, (Escuelas Privadas con o sin aporte estatal)- que presten servicios en niveles pre primarios, primarios, secundarios y educación especial, que por Decreto Nacional Nº 2417/93 están obligados a comunicar a la Dirección de Comercio Interior por escrito la siguiente información:
a) Importe de la Matricula de Inscripción o Reinscripción en caso que la hubiere.
b) Valor total de la cuota o arancel mensual, discriminando los conceptos correspondientes a la enseñanza programática, extra programática y todo otro concepto adicional.
c) Cantidad total de cuotas que se percibirán en el año lectivo 2006.-
d) Forma y plazo de pago de las cuotas.
e) Monto y criterio de aplicación de los recargos en caso de mora.
f) Cantidad de alumnos que asisten al establecimiento (matrícula).
Presentación: La información detallada en los puntos anteriores deberá presentarse con carácter de Declaración Jurada en la sede del Organismo – 7º piso Casa de Gobierno, antes del 30 de noviembre de 2005.
Para mayores informaciones los interesados podrán consultarla a los teléfonos (03722) 448036 /427475. – E-mail: dircomercio@yahoo.com.ar.
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