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domingo, noviembre 16, 2008

Sitech: Convenio "Rectificado" de Armonización

COMUNICADO DE PRENSA
SOBRE EL CONVENIO “RECTIFADO” DE ARMONIZACION

Federación Sitech se dirige a la Docencia y a los empleados del estado provincial a fin de reiterar su postura en relación al convenio de armonización que afecta a todos los trabajadores estatales.

Los que defienden este convenio rectificado tienen como argumento central y prácticamente único que se ha logrado un avance significativo en relación al convenio original ya que se incorporó la frase “… y respetando la legislación previsional provincial vigente …”, pero esconden que en el mismo renglón y antecediendo al párrafo citado expresa “ Dicha armonización y/o articulación se realizará en función de las leyes nacionales vigentes en materia de seguridad social…”, en que quedamos o rigen las leyes nacionales o se respeta las normas provinciales, lo que no puede ser es la vigencia simultanea de las dos normas.

Pero si a alguien le quedó alguna duda con la simple lectura del convenio y a continuación de la contradicción antes señalada se despejan las mismas cuando expresa “… de acuerdo a las siguientes pautas:

A) Edad Jubilatoria : a partir del 1de enero de 2011, se verificarán las edades de acceso a los beneficios previsionales acordes al art.19, incisos a) y b) de la ley N° 24.241....” es decir 60 años para la mujer y 65 para los varones.

Algunos sostienen que como dice “verificaran” no se corre ningún riesgo, argumento que es infantil ya que va de suyo la aplicación lisa y llana de la ley nacional en materia de edad jubilatoria y la verificación es solamente la garantía de la aplicación de la norma.

Con relación a la movilidad del haber jubilatorio el convenio “rectificado” a propuesta de algunas organizaciones no especifica la movilidad que nos va a regir, es decir sobre lo central de un sistema jubilatorio no encontramos ninguna garantía de nuestro automático 82 % móvil, por el contrario se corren serios riegos (así terminaron la mayoría de las provincias “armonizadas”) perdiendo la movilidad y que mas tarde o mas temprano termina en un haber mínimo como el de la nación para la mayoría de los jubilados en 680$.

Estos sectores que apoyan el convenio “rectificado” nos dicen que es la mejor alternativa y que no hay otra, resignando conquista que son esenciales para los jubilados actuales y los futuros, nos acusan que no tenemos propuestas y en tal sentido proponemos dos cosas, una la discusión amplia y democrática y de fondo con relación a la necesidad de firmar un convenio y su imposición injusta en la medida que nos cuesta el 15% de coparticipación es decir 750 millones anuales (nos retiene la Nación) pero la nación nos “regala” menos de doscientos (para financiar el déficit provincial) lo que significa perder fondos y perder derechos, por lo que nos preguntamos si existe voluntad política para reclamar a nivel nacional, como esta sucediendo en estos días a propósito de la estatización de las A.F.J.P., la devolución a las provincias de los fondos previsionales.

La otra propuesta es la corrección inmediata del texto del convenio, dejando expresamente aclarado en el mismo las dos cuestiones por lo que nos quieren “armonizar”, la edad y la movilidad, o sea expresar en el propio convenio que independiente de cualquier norma legal de la nación o provincia, la edad para la jubilación para el docente y el empleado público es la que rige actualmente y que la provincia mantiene independientemente de cualquier ley, la movilidad automática de 82% móvil, es decir dejar aclarado en el propio convenio los principios fundamentales he inalterables que rigen nuestro sistema previsional: el haber jubilatorio, la edad jubilatoria y la movilidad.

Resulta incomprensible, salvo que se tenga otras intenciones, el cerramiento y tozudez para defender lo indefendible por parte de algunos referentes del convenio “rectificado” que no es otra cosa que el convenio original disfrazado o sea mas de lo mismo, que por otra parte algunos sectores han comprendido que el mencionado convenio es una entrega de los derechos fundamentales en la cuestión previsional y han tomado debida distancia, manifestándose públicamente.

Por último rechazamos chantaje malicioso de afirmar que aquellos que no estamos con el convenio “rectificado” es por que estamos con el convenio original del 22 abril, quieren asustar a los empleados del estado provincial para que elijan entre una alternativa mala (convenio original) y otra menos mala (convenio rectificado) que en esencia son lo mismo, pero mas grave aún es afirmar que si la cámara rechaza el convenio rectificado queda “vigente” el original, simplemente un disparate que no tiene sustento legal alguno, pero si tiene la intención del susto y de confusión que permita maniobrar con algún tipo de movilización o paro para dar la apariencia de apoyo al convenio “rectificado”, pero que en la realidad aquellos que incautamente llevan adelante estas medidas están actuando en contra de sus propios intereses, es decir, para que quede claro, que aquel docente o empleado público que quiere jubilarse con 60 o 65 años de edad o perder la movilidad automática del 82% debe apoyar el convenio “rectificado” del 8 de octubre del 2008.

EDUARDO MIJNO
SEC. GENERAL
FEDERACION SITECH
16/11/08

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