Docentes del Chaco y Sus Vivencias -Argentina- "Un pueblo inculto es más fácil de dominar"

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sábado, noviembre 08, 2008

Réplica de Sitech Federación a la Ministra Pilatti

Writing
Rechazo por arbitraria e ilegítima la Carta Documento que me remitiera procurando intimarme a que cese en mi conducta consistente en convocar medidas de fuerza en nombre de SITECH Federación.

Rechazo de manera terminante las afirmaciones allí vertidas toda vez que, como usted bien sabe, el art. 30 de la Constitución de la Provincia del Chaco asegura a los gremios el derecho a ser reconocidos sin otro requisito que la inscripción en un registro especial (inc.b) y el derecho de huelga (inc. d).

En la Provincia del Chaco, por imperio constitucional se reconoce el derecho de huelga a todos los gremios (art, 30), otorgando la Personería Gremial con la sola inscripción (art. 31), normas que tienen plena operatividad según lo establece expresamente el art. 14 de nuestra Carta Magna.

Por otra parte el reconocimiento de tales derechos ha sido pacíficamente reconocido por todos los gobiernos democráticos de la Provincia, con excepción de los burdos intentos de los últimos meses de la Administración anterior.

Incluso usted, señora ministra, en ejercicio de su actividad profesional sostuvo la legalidad de medidas de fuerza convocadas por UTRE Ctera, entidad que tampoco ostentaba – ni ostenta - personería gremial otorgada por el Ministerio de Trabajo de la Nación.

Por otra parte la mencionada misiva declara ilegítima a la medida de fuerza convocada por SITECH Federación y amenaza con tomar medidas disciplinarias para con los docentes que se adhieran a la medida de fuerza convocada, resultando ello abierta desviación de poder y franco abuso de autoridad porque el Ministerio de Educación no es el órgano competente para determinar la legitimidad o ilegitimidad de un paro, cuestión reservada a las instancias jurisdiccionales, ni para aplicar las sanciones que de allí pudieran derivar, razón por la cual intimo a Usted a cesar en la conducta antisindical y antidemocrática consistente en amedrentar a la comunidad docente mediante amenazas para que no ejerza sus derechos de raigambre constitucional.

Además, desconoce Usted los motivos por los cuales SITECH Federación convocó a la mencionada medida de fuerza puesto que la cuestión salarial es parte de los motivos que la sustentan, y por otro lado, el rechazo al Convenio de Armonización basta por si solo para justificar la medida, toda vez que dicho Convenio produce de manera indisputable un menoscabo del derecho a la jubilación de los docentes porque obliga al cercenamiento del derecho a la movilidad en función de los haberes que percibe el personal en actividad y eleva la edad jubilatoria equiparándola a la que contempla en el art. 47 de la ley 24.241, es decir produce un empeoramiento de las condiciones existentes, comprometiendo una legislación regresiva prohibida por el principio de progresividad contemplado en los Pactos Internaciones que el art. 14 de la Constitución Provincial declara incorporados a su texto.

El hecho de que esa disminución en el derecho a la jubilación afecte no solo a los trabajadores de la educación no adiciona fundamento a su posición en razón de que no existe por ello una menor afectación a los derechos jubilatorios de los docentes.

Queda claro que es la Administración la que al propiciar legislación contraria al principio de progresividad quebranta el orden jurídico, incurriendo en un incumplimiento ostensible que habilita el ejercicio del derecho de huelga.

Además las entidades gremiales siempre estuvieron y estarán autorizadas a ejercer el derecho de huelga en defensa de las conquistas obtenidas, entre las que indudablemente se cuentan las condiciones jubilatorias, que involucran intereses esenciales de los trabajadores de la educación.

Por todo lo expuesto rechazo los términos contenidos en la Carta Documento que me remitiera en fecha 4 de noviembre de 2008, en especial las intimaciones efectuadas, e intimo a Usted a cesar en la conducta antisindical descripta.

Queda Usted debidamente notificada.

Resistencia, 07 de noviembre de 2008
Eduardo Mijno
Secretario General
Federación Sitech

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