Docentes del Chaco y Sus Vivencias -Argentina- "Un pueblo inculto es más fácil de dominar"

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jueves, octubre 05, 2006

La Futura Ley De Educación

La NaciOnline - Editorial - 04/10/2006.
Teddy Grad
Una de las máximas responsabilidades que deberá asumir en poco tiempo más el Congreso de la Nación será la de analizar, debatir y sancionar la futura ley nacional de educación.

La Argentina necesita dejar atrás la frustrante experiencia que se vivió con la llamada ley federal de educación, que fue aprobada por abrumadora mayoría en 1993, pero terminó por acarrearle a la comunidad educativa -y a la sociedad en su conjunto- más problemas que soluciones, en parte por desaciertos del propio texto normativo y en parte por equivocaciones en su aplicación.

La experiencia pasada nos invita a pensar en los beneficios de ser sobrios a la hora de propiciar cambios y de centrarse en lo esencial sin pretender abarcarlo todo. Nuestras idas y venidas confirman la visión del recordado docente y escritor Carmelo Bonet, cuando habló del "penelopismo" como rasgo argentino, en tanto persistimos en tejer y destejer indefinidamente.

El anteproyecto de ley, elaborado por el equipo que conduce el ministro de Educación, Daniel Filmus, intenta corregir las deficiencias del texto legal anterior y alcanzar soluciones efectivas y realistas para los problemas que condicionan, paralizan o limitan hoy el desenvolvimiento de la actividad educativa.

Incluye las siguientes novedades: restablece la denominación tradicional de las dos etapas principales de la enseñanza -la primaria y la secundaria-; extiende la obligatoriedad de la educación a todo el ciclo secundario; pone el acento en la valorización de la función docente, y procura superar las dificultades creadas por el excesivo fraccionamiento a que ha sido llevado el sistema educativo nacional, debido a las notorias disparidades que presentan las diferentes jurisdicciones.

Al extender la obligatoriedad de la enseñanza a todo el segundo ciclo, el anteproyecto aspira a combatir el estigma doloroso del fracaso escolar, que condena todos los años a medio millón de niños a abandonar definitivamente la escuela y a otro medio millón a repetir el curso.

En la actualidad, ese problema se concentra, en buena medida, en el polimodal, que fue concebido para acercar a los jóvenes al trabajo, pero ha terminado por ser una de las etapas más castigadas por la deserción: unos 240.000 estudiantes dejan los estudios en ese tramo.

A todo ese cúmulo de frustraciones hay que agregar los devaneos, las dudas y los extravíos a que están expuestos aquellos alumnos que, luego de haber completado el secundario, navegan sin rumbo o fracasan cuando llegan a la universidad.

Con el fin de neutralizar en parte ese problema, el anteproyecto propone, entre otras herramientas estratégicas, la incorporación de tutores y coordinadores de cursos, cuya misión será acompañar a los jóvenes y orientarlos en su trayectoria escolar. Propone también la estructuración de procesos adecuados de orientación vocacional.

En cuanto a la duración de los dos ciclos principales de la enseñanza, el anteproyecto dispone que cada jurisdicción provincial o territorial deberá optar por una de las dos modalidades estructurales siguientes: o se adopta una duración de seis años para el nivel de educación primario y seis para el nivel secundario o se elige una duración de siete años para la primaria y cinco para la secundaria.

Algunos observadores calificados de la problemática educativa opinan que el anteproyecto no debería autorizar esa opción. A juicio de esos especialistas, la ley debería optar lisa y llanamente por uno u otro régimen.

Si se atendiera esa sugerencia, que en principio parece atinada, se impediría definitivamente el fraccionamiento del sistema y se superarían las dificultades y complicaciones que suelen plantearse cuando un alumno se cambia de una jurisdicción provincial a otra con el exclusivo propósito de acogerse a un régimen que le permite completar su ciclo educativo en menor tiempo.

Quienes redacten el proyecto definitivo deberían tomar debida nota de esta observación.

En el plano de los principios declarativos, es importante la definición de que "la educación es un bien público y un derecho personal y social garantizado por el Estado nacional". En consonancia con ese concepto general, el texto legal propuesto desarrolla "una política nacional de formación docente".

Como parte de esa política, el anteproyecto dispone que se procurará que los docentes con mayor experiencia y calificación se desempeñen en las escuelas enfrentadas a situaciones más desfavorables.

Asimismo, se establece que la carrera docente deberá contemplar la posibilidad de que los maestros asciendan sin dejar la sala de clases. Para acompañar el esfuerzo en procura de esos y otros objetivos esenciales, se crea el Instituto Nacional de Formación Docente, que buscará garantizar una formación continua común en todo el país.

En el anteproyecto se dejó de lado la propuesta -reclamada desde diferentes ámbitos- de que se creara un instituto que tuviera a su cargo la tarea de monitorear la evolución de la calidad de la educación que suministran las diferentes unidades educativas. Esa función, en consecuencia, seguirá a cargo del Ministerio de Educación.

Esta decisión de los redactores del anteproyecto puede resultar decepcionante para algunos sectores. Ese vacío será llenado en parte por un órgano consultivo, integrado por académicos y representantes de gremios y de otros sectores de la sociedad, que tendrá la misión de asesorar sobre los criterios y modalidades de los procesos evaluativos.

La norma propuesta extiende al secundario la enseñanza de una lengua extranjera obligatoria, promueve la educación en los sectores rurales y prevé la formación integral de una "sexualidad responsable".

Entre los objetivos de la política educativa incluidos en el anteproyecto figura, como contenido curricular, "el ejercicio constructivo de la memoria colectiva sobre el proceso histórico y político iniciado el 24 de marzo de 1976, que quebró el orden constitucional".

En cuanto a esto último, corresponde señalar la imprecisión histórica que encubre esa enunciación, pues es sabido que la violencia terrorista -incluido el terrorismo de Estado- se había instalado en el país antes de 1976 y se había manifestado con virulencia durante períodos formalmente constitucionales.

Resulta, en cambio, digna de aplauso la inclusión de un objetivo vinculado con el rescate de "la cultura del trabajo y del esfuerzo individual y colectivo" en los procesos de enseñanza y aprendizaje. También merece el más franco apoyo la referencia al deber de los padres de "respetar y hacer respetar a sus hijos la autoridad pedagógica del docente".

Con las salvedades que dejamos señaladas, corresponde apoyar el anteproyecto difundido por el Ministerio de Educación.

De las consultas previas y del posterior debate parlamentario, esperemos que surjan propuestas mejoradoras de la redacción de un proyecto que, en su momento, deberá ser asumido por la sociedad como un instrumento de insustituible valor estratégico para la construcción de la Argentina del futuro.

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