Ley de Financiamiento Educativo - Parte II
Así se desprende de un análisis realizado por distintas consultoras del ámbito nacional que han tomado datos proporcionados por el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación. El tema es ahora saber si se va a poder enfrentar esa erogación.
El esfuerzo fiscal que deberán hacer las provincias
Además de mantener el gasto en educación constante en términos de PBI, el esfuerzo adicional para alcanzar la meta según lo establece la Ley, será compartido en un 60% por las provincias y en un 40% por la Nación.
De acuerdo a esta participación, durante el corriente año, las provincias deberán aumentar el gasto en educación respecto al 2005 en $ 4.058 millones. Ese gasto deberá incrementarse año a año, hasta alcanzar unos $ 36.590 millones en 2010, lo que representaría un esfuerzo adicional de $ 19.962 millones respecto al ejecutado 2005.
La Ley no hace referencia explícita a cómo será costeado el esfuerzo para mantener constante la relación gasto en cultura y educación respecto del PBI del 2005 (4,2%), en tanto, sí explicita un mecanismo de financiamiento para afrontar la erogación adicional necesaria para alcanzar la meta anual de crecimiento del gasto en Cultura y Educación.
El mismo, provendrá de la afectación del incremento de los recursos coparticipables respecto de 2005. Para ello, se tendrá en cuenta lo distribuido mediante Ley Nº23.548 modificatorias y complementarias, neto de la masa de recursos que es coparticipada a los municipios.
Esa masa de recursos de asignación específica ($1.885 millones en 2006) correspondiente a cada Provincia y CABA, se integrará con la afectación del incremento de los recursos de las distintas jurisdicciones subnacionales de acuerdo a un índice, elaborado a partir de las siguientes variables:
a) Participación provincial de la matrícula en el total (desde el nivel inicial al superior no universitario), con una ponderación del 80%
b) Incidencia relativa de la ruralidad en el total de matricula de la educación común, con una ponderación del 10%.
c) Y la participación provincial de la población no escolarizada (de 3 a 7 años) con una ponderación del 10%.
Del incremento proyectado de la coparticipación neta en 2006 ($5.246 millones), $1.885 millones serán afectados al gasto en educación; es decir, que el 36% del incremento total de la coparticipación neta será objeto de una asignación específica durante el corriente año.
Esta proporción se eleva al 46% en 2010, año donde existiría un incremento de coparticipación de $20.662 millones respecto a 2005, de los cuales $9.420 millones quedarían afectados al gasto en educación. Es decir, que casi la mitad del incremento de los recursos coparticipables no tendrá libre disponibilidad.
Por otra parte, si se analiza el aumento total del gasto en educación que deberá realizar el consolidado de provincias para alcanzar la meta anual (manteniendo y aumentando la participación del mismo en términos del PBI), y se lo compara con el incremento esperado de recursos coparticipables, se observa que éstos alcanzarán a cubrir el gasto adicional en Educación sólo durante los próximos 3 años.
0 Comments
Publicar un comentario
<< Home